viernes, 25 de febrero de 2011

Escombros, basuras y muebles convierten ramblas y solares en vertederos ilegales

Artículo José Alberto González. Publicado en La Verdad 25/02/11. Ver aquí
Fotos de Pablo Sánchez/AGM. 
La zona de la Ronda Norte y cauces públicos como La Guía y Benipila acumulan numerosos residuos que deberían ir a centros de reciclaje

Entre llevar un viejo frigorífico a un ecoparque o abandonarlo en una rambla media tanta distancia como respetar el medio ambiente al permitir una correcta separación de las piezas y líquidos para su reciclado o reutilización y contaminar un cauce público y estropear el paisaje. Este último camino irresponsable es el que han elegido los ciudadanos que han arrojado en ramblas, solares o arcenes de carretera de Cartagena decenas de kilos de electrodomésticos, escombros y todo tipo de basuras.

Los laterales de la Ronda Norte (la carretera que conecta las rotondas de Las Tejeras y Severo Ochoa) a la altura de San Félix, José María Lapuerta o Barrio Peral son un ejemplo de las zonas al aire libre invadidas por todo tipo de residuos.

Ladrillos, plásticos, cartones, neumáticos, muebles, cables... la lista de desechos acumulados en el suelo están larga como evidente para las numerosas personas que pasan a diario junto a ellos en coche, caminando o en bicicleta.

En este tipo de escombreras ilegales -como las que hay las ramblas de La Guía, Benipila o Escombreras-, es habitual encontrarse restos de materiales de construcción de edificios, que la ordenanza municipal de limpieza de la vía pública obliga a depositar en centros de gestión autorizada de residuos para no contaminar.


En la comarca de Cartagena, uno de esos lugares es la escombrera de Cantera Emilia, en La Unión. Sin embargo, quienes pasan por alto las obligaciones legales y se deshacen de los residuos en mitad del campo cuando nadie les ve actúan en muchos casos para ahorrarse el coste de entrega de los materiales.

El Ayuntamiento dispone, además, de tres ecoparques adonde se puede llevar de forma gratuita una determinada cantidad de escombros, así como otro tipo de residuos. Estas instalaciones de recogida selectiva de residuos domésticos, de La Asomada y La Vaguada, gestionan muchos materiales.

Un 60% menos de multas
Los vecinos pueden llevar aceites minerales de automoción o vegetales de cocina; aparatos electrónicos e informáticos, tóner y cartuchos de tinta; electrodomésticos; muebles y enseres de madera; restos de podas; escombros; juguetes, ropa y zapatos; fluorescentes, metales, chatarra y vidrio; restos de pinturas y disolventes; aerosoles vacíos; pilas y baterías; radiografías; papel, cartón, envases de plásticos, bricks, latas y restos de medicamentos.

Lo que no aceptan es materiales mezclados, residuos industriales y materia orgánica. Ésta, al igual que los residuos domésticos convencionales -como plástico, vidrio y papel-cartón- deben depositarse en los contenedores de la vía pública.

En el caso concreto de los escombros, el año pasado la Policía Local formuló treinta denuncias por arrojar escombros a la vía pública, un 59% menos que el año anterior.

Según los datos del Ayuntamiento de Cartagena, agentes de la sección especializada en Medio Ambiente y Sanidad y de la unidad motorizada, entre otras, impusieron sanciones en zonas como Los Barreros, Santa Ana, Barrio Peral, la Barriada San Cristóbal, Roche, La Aljorra, La Chapineta o El Algar. De forma genérica, la Policía registró un «notable descenso con respecto a 2009 de las infracciones cometidas contra la ordenanza de limpieza urbana, que abarca de la limpieza viaria hasta la recogida, eliminación y tratamiento de residuos».

En su artículo 39, la ordenanza de limpieza urbana prohíbe «depositar escombros y toda clase de residuos sólidos urbanos en terrenos o zonas que no estén autorizados por el Ayuntamiento, o provistos de la oportuna licencia municipal de depósito o vertedero», y hace responsables a «las personas que lo realicen, y en caso de ser transportados con vehículos, los propietarios de éstos».

Más de un metro cúbico
En el artículo 45, considera una infracción leve «arrojar basuras y escombros en solares y espacios abiertos de propiedad pública o privada», así como «el depósito inadecuado de escombros, cuando su volumen sea inferior a un metro cúbico un metro cúbico». Asimismo, fija como infracción grave «el depósito de escombros de volumen superior a un metro cúbico en condiciones distintas a las determinadas y la no retirada de los mismos».

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